lunes, 8 de junio de 2009

La pelota caliente -Fallo de la CIDH y la Ley de Amnistía chilena*

No hay coincidencia entre los órganos del Estado de Chile a la hora de definir qué acciones tomar para cambiar o anular la Ley de Amnistía que el gobierno de Augusto Pinochet (1973-1990) se autoaplicó en relación a los atentados contra los derechos humanos ocurridos antes de 1978. La necesidad de dicho cambio fue motivada por el último fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó a Chile -en 2006, es decir, hace tres años- por el asesinato en 1973 del profesor y militante comunista Luis Almonacid sin juicio previo perpetrado por agentes del Estado y por la impunidad en que habrían quedado éstos tras el cierre del caso en la justicia chilena en 1997.
Una de las voces que siempre se tiene en cuenta en instancias como ésta es la del abogado especialista en Derechos Humanos José Zalaquett, quien dice que en este caso "son los Tribunales los que debieran declarar la inaplicabilidad de la Ley de Amnistía por medio de una línea interpretativa única de dicha ley".
Frente a la pregunta del millón: ¿Cómo concretar la última sentencia de la Corte Interamericana en Chile?; Zalaquett dice:
"No es fácil. Hay dos caminos. Uno, el judicial y otro, el legislativo.
el camino judicial consistiría en que los tribunales de justicia, que son parte del Estado chileno, establecieran una interpretación, tal como lo han hecho en algunas ocasiones, pero en las cuales todavía no hay una línea a firme.
Cabe aquí preguntarse, ¿cuál sería la norma sobre cuya base los tribunales podrían establecer un criterio único de jurisprudencia? Según muchos abogados, lo más a mano es el propio artículo 5 de la Constitución Política chilena, el cual establece que "el límite de la soberanía es el respeto a los derechos humanos", y que "es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos , garantizados tanto por la Constitución como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes".
El segundo camino planteado por José Zalaquett "es más teórico2, -dice- e implicaría que se declarara la nulidad de la Ley de Amnistía por parte del Parlamento. "Esto me parece más complicado porque en Chile no tenemos precedentes históricos de que se declare nulidad de las leyes y aunque esa ley no llegara a tener validez, yo preferiría que fuera por la vía judicial", postula.
La Presidenta de la república, Michelle Bachelet, declaró sobre el referido fallo que "es su deber como Jefa de Estado velar porque el Estado ajuste su proceder a lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos" y dijo que eso es "independiente del respeto a los distitnos poderes del "Estado". Reiteró el compromiso de su gobierno con los Derechos Humanos "y lo hago con acciones concretas", dijo.
Bachelet agregó en esa oportunidad (2006) que "Chile respetará el fallo internacional porque el país ha consagrado como un principio fundamental de su ordenamiento jurídico el respeto al derecho internacional".
No obstante, si no hay una coordinación adecuada y los intereses corporativos se superponen a los del "bien común", los principales órganos del Estado se seguirán pasando el balón unos a otros, arguyendo frases hechas como que "las instituciones funcionan" o que "hay que dejar actuar a loa tribunales", entre otras.
Como un dato, el artículo 76 del capítulo VI de la Constitución Política de Chile dice que "ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos".
El Poder Judicial, por su parte, ha dicho que "ellos no intervienen en la legislación" y que sí proceden interpretando lo que dice la ley, con la Ley que existe. Esta puede ser la razón por la que el ex Presidente de la Corte Suprema, Enrique Tapia, señaló apenas conocido el fallo de CIDH en 2006 que éste "no es vinculante".
No es vinculante si no se cambia la ley, sería una interpretaqción más correcta si se analiza el resto de las declaraciones del magistrado en dicha oportunidad. Y a cambiar la Lay se comprometió, precisamente, la Presidenta Michelle Bachelet, en un acto en el ex centro de torturas de Villa Grimaldi, lugar donde un ajoven Bachelet y su madre sufrieron apremios ilegítimos a poco de arribar al poder la Junta Militar de Pinochet.
En el ambiente jurídico, muchas posturas discrepan de que sean los tribunales los que declaren inaplicable la Amnistía.
Para un número importante de abogados de nuestro país debiera ser el gobierno quien tome la iniciativa de modificar la citada ley, pues dicen "es el presidente de la república el representante del Estado frente a la comunidad internacional", lo que calzaría al menos desde la superficie en lo referente al fallo de la Corte Interamericana.
¿Y qué pasa en el Parlamento? El experto constitucionalista Patricio Zapata entrega algunas luces al respecto. "Ha exisitido durante los años de democracia, sobretodo los primeros, un temor real de que cualquier decisión política pusiera en riesgo la democracia y que cualquier intervención del Congreso en el sentido de cambiar la Ley de Amnistía fuera vista como una intromisión en la labor de los jueces".
Tal ves ése es un temor que en los últimos años ha dejado de ser tan real.

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